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Impuestos sobre tus rendimientos: lo que debes declarar

Los intereses que recibes en Inversiones.io tributan como renta de segunda categoría. Inversiones.io retiene el 5% automáticamente — aquí explicamos todo el proceso.

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Marco Quispe
Analista de riesgo · Hace 1 semana · 8 min de lectura

Invertir tiene consecuencias tributarias. El régimen peruano aplica una retención del 5% sobre los intereses ganados por personas naturales domiciliadas. Inversiones.io la ejecuta automáticamente.

Los intereses generados por operaciones de deuda privada son renta de segunda categoría según la Ley del Impuesto a la Renta peruana. La tasa efectiva para personas naturales domiciliadas es del 5% sobre los intereses recibidos.

Esto significa que si ganaste S/ 1,000 en intereses, recibes S/ 950 y S/ 50 van directamente a SUNAT vía retención.

La retención es definitiva para la mayoría de personas naturales. No necesitas incluirla en una declaración adicional a menos que superes ciertos límites.

¿Cuándo se retiene?

La retención se ejecuta en el momento del pago efectivo, no cuando los intereses se devengan. Si una operación entra en mora y los intereses se pagan con retraso, la retención se aplica al momento del pago real.

El certificado de retenciones

En enero de cada año, Inversiones.io emite un certificado con:

  • Total de intereses pagados durante el ejercicio anterior
  • Total retenido por concepto de impuesto a la renta de segunda categoría

Este documento es el respaldo para tu declaración si lo necesitaras.

¿Tengo que presentar declaración?

En la mayoría de casos, no. La retención del 5% es de carácter definitivo para rentas de segunda categoría. Sin embargo, debes presentar declaración anual si:

  • Tus rentas de segunda categoría superaron las 7 UIT en el ejercicio (S/ 39,200 en 2026)
  • Combinadas con otras rentas de capital superan ese umbral

Si solo tienes rendimientos en Inversiones.io y no superaste el límite, la retención cubre todo. Guarda el certificado por si hay alguna consulta de SUNAT.

Personas jurídicas (empresas)

Si inviertes desde una empresa con RUC activo:

  • Los intereses no se retienen al pagar (no aplica la retención del 5%)
  • Se suman a los ingresos del ejercicio
  • Tributan al 29.5% como parte de la renta de tercera categoría en tu declaración anual

Debes registrarlos correctamente en tu contabilidad y presentar la declaración anual de renta empresarial.

Inversionistas no domiciliados

Si tu residencia fiscal está fuera de Perú, la tasa de retención es del 30%, salvo que entre Perú y tu país de residencia exista un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) que reduzca esa tasa.

Perú tiene CDI vigentes con Brasil, Canadá, Chile, Corea del Sur, México, Portugal, Suiza y algunos otros países. Consulta la lista actualizada en SUNAT.

ITF: el impuesto que ves en cada transferencia

El Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) grava con 0.005% cada débito y crédito en cuentas bancarias. Aparece en tus estados de cuenta como un cargo pequeño en cada movimiento. Es automático, no requiere gestión de tu parte.

Lo que no tributa

El capital que recuperas al vencimiento de una operación no está sujeto a impuesto. Solo los intereses (la ganancia) generan la obligación de retención. Inversiones.io discrimina correctamente en cada pago qué parte es capital y qué parte es interés.

Etiquetas: #Tributario #Guía rápida #Inversiones
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Sobre el autor
Marco Quispe
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